jueves, 4 de noviembre de 2010

Senador Vieluf presenta proyecto sobre elección diputados en el exterior

DISTRITO NACIONAL.- El Senador Heinz Vieluf Cabrera, presentó al hemiciclo un proyecto de ley para la elección del Diputados y Diputadas en el Exterior y que regulará el voto de dominicanos (as) en el extranjero, creando seis circunscripciones electorales en las que se elegirán siete diputados del exterior:
1).- Primera Circunscripción a elegir dos diputados:
      a).- New York.
2).-Segunda Circunscripción, a elegir un diputado: Canadá; Connecticut; Maine; Massachusetts,Nuevo Hampshire; Rhode Island y Vermont;
3).- Tercera Circunscription, a elegir un diputado:
New Jersey; Pensilvania; Maryland; Washington; D,C.;
Virginia y Delaware.
4).- Cuarta Circunscripción, a elegir un diputado:
 a).- Georgia; Florida; Puerto Rico; Norte y Sur de Carolina; Texas y California.

5).- Quinta Circunscripción, a elegir un diputado:
       a).- Caribe, Centro y Sudamérica.
6).- Sexta Circunscripción a elegir un diputado:
      a).- Europa.
  El proyecto de Ley establece que los ciudadanos dominicanos deberán estar inscritos en la Lista Definitiva de Electores Residentes en el  Exterior (LDERE), para poder ejercer el sufragio.
También expresa el proyecto del senador Vieluf, que para los fines de  la elaboración del Registro de Electores residentes en el exterior, la solicitud de inscripción en el mismo será voluntaria y mediante la presentación de la Cédula de Identidad y Electoral que estará a cargo de la Junta Central Electoral.  
PRESENTACION DE CANDIDATURAS:
Las candidaturas para diputadas y diputados en representación de la comunidad dominicana en el exterior, los partidos políticos deben observar lo establecido en las leyes dominicanas sobre la proporción de candidaturas de la mujer.
La Ley establece los requisitos para ser candidata o candidato a diputados, representante de la comunidad dominicana en el exterior, como:  a) Ser dominicanos y poseer su Cédula de Identidad y Electoral,  b) Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos;, c) Estar en el Registro de Electores Residentes en el exterior, d) Haber vivido por lo menos cinco años en la circunscripción electoral por la que sea candidato y no encontrarse dentro de las inhibiciones previstas por la JCE.
La Ley incluye la organización de las elecciones, sobre la Oficina de Logística Electoral; sobre el cómputo de los votos, entre otras disposiciones.
Esta iniciativa está firmada por los senadores Rafael Calderón, José María Sosa y Antonio Cruz, quienes la apoyan.

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